El interés legítimo

Vaya por delante mi absoluto respeto – no podría ser de otra manera – al auto dictado por el TSXG en el que declara inadmisible el recurso presentado por el Grupo parlamentario socialista ante la resolución del mismo Tribunal relativa a la paridad o no del Gobierno Feijoo.

Por Mar Barcón | A Coruña | 25/11/2010

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Vaya por delante, también, que como ciudadana, como militante y como persona que se dedica a la política, entiendo que respetar y acatar una sentencia o un auto no es lo mismo que compartir su contenido, y que en esa posibilidad de discrepar se sustenta uno de los ejes más robustos de la democracia. Pues bien, discrepo.Discrepo o debería decir, para ser exactos, que no comprendo el contenido literal del citado auto y mucho menos su significado, aún a riesgo de que se me pueda contestar que dicho contenido se ajusta estrictamente a ley y que ninguna de sus líneas se aleja ni un milímetro de la doctrina al respecto.

 
Permítaseme, pues, aclarar mi discrepancia o incomprensión. En primer lugar siempre he creído que cuanto más cerca esté el contenido de una resolución judicial de lo que se quiere de verdad indicar con el mismo, más inteligible y próxima sentirían los ciudadanos a la Justicia. A menudo se nos explica que lo que dice una sentencia no es exactamente lo que quiere decir o que el lenguaje jurídico esconde, de alguna manera, a la vista de los profanos, el verdadero significado de la misma. Algo así debe suceder cuando se afirma que el Grupo Parlamentario socialista “carece de interés legítimo al no estar en el campo de la actuación parlamentaria y no tener como fin primordial la defensa de la igualdad entre mujeres y hombres ni estar legalmente habilitado para defender los derechos e intereses legítimos”
 
Llegados a este punto convendría recordar que el origen de la denuncia presentada por nuestro Grupo estaba en el incumplimiento, a nuestro juicio, de la paridad regulada en la Lei da Xunta e do seu Presidente; esto es, nuestro Grupo denuncia el incumplimiento legal del Gobierno gallego en cuanto a su conformación. El Grupo socialista entiende, por tanto, que el Gobierno Feijoo no cumple la ley que no la cumple en lo que atañe a la igualdad de género. Y en ese contexto, el TSXG resuelve que nuestro Grupo parlamentario no está legitimado y que no tiene como fin primordial la defensa de la igualdad entre hombres y mujeres. Exactamente eso dice el auto.
 
Veamos. El TSXG añade que los grupos parlamentarios no “pueden transformarse en los guardianes de la legalidad”. No?. No entra dentro de las obligaciones de los Grupos de la oposición, en lo que a control del Gobierno se refiere, exigir que este cumpla la ley?. Hay acaso alguna responsabilidad mayor exigible a un Ejecutivo que su sometimiento a un precepto legal, especialmente cuando este se refiere a las Normas en su composición?, y quién más legitimado que los representantes de la soberanía popular para reclamar tal comportamiento?.
 
En lo que se refiere a la igualdad de género, no es la defensa de la misma uno de los fines primordiales de un partido político que recoge dicha defensa en sus Estatutos?; pero voy más allá, no está legitimado para defender la igualdad entre hombre y mujeres una organización política y si lo estaría, por ejemplo, una asociación de mujeres?. Cuál es el papel, entonces, que el TSXG reserva a la política si no es la defensa de intereses colectivos, especialmente cuando estos abarcan al 52% de la población?.Retomo el inicio de esta reflexión, mi respeto dentro de la discrepancia – o incomprensión - . Lástima que, además de que la legitimidad de quienes representan a los ciudadanos no les alcance para la defensa de la legalidad, de momento nadie haya contestado a la verdadera pregunta: es o no paritario – por lo tanto respetuoso con la ley – el Gobierno Feijoo?.

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